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Serán
interlocutores
en
materia
de
cooperación Las entidades de derecho privado, legalmente constituidas y sin ánimo de lucro establecidas en la región deberán inscribirse en un Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que la Junta creará en cumplimiento del anteproyecto de Ley Extremeña de Cooperación al Desarrollo. Según explicó la consejera de Bienestar Social, Ana Garrido, que presentó el contenido del anteproyecto aprobado por el Consejo de Gobierno en su última reunión, se trata de una iniciativa que busca convertir a los ONG en interlocutores permanentes de la Comunidad Autónoma en materia de cooperación. Máximo rango Con la futura aprobación del anteproyecto de Ley Extremeña de Cooperación para el Desarrollo, que Garrido espera se efectúe con el consenso de todos los grupos políticos antes de verano, se consolida la cooperación como una política autonómica de máximo rango. En base a su autonomía presupuestaria y a su responsabilidad en la ejecución de la cooperación extremeña, la Junta establece mediante esta ley “mecanismos para la adecuada colaboración, complementariedad y coordinación con las actuaciones realizadas por las distintas Administraciones”. El anteproyecto de ley se estructura en cinco capítulos, el primero regula el objetivo y los principios rectores de la cooperación extremeña para el desarrollo, así como sus objetivos y áreas preferentes de actuación. El capítulo segundo trata de la planificación y la gestión, incluyendo los instrumentos y modalidades de la cooperación, incorporando la evaluación, el seguimiento y el control de las acciones y proyectos, así como la coordinación de la cooperación extremeña con el resto de administraciones. Regulación de órganos En el capítulo tercero, regula los órganos competentes en la cooperación extremeña, que se dividen en órganos rectores (la Asamblea de Extremadura y el Consejo de Gobierno); ejecutivo (la Consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo); y órgano consultivo y de coordinación (el Consejo Asesor de Cooperación para el Desarrollo). Los recursos, tanto materiales como humanos, aparecen regulados en el capítulo cuarto, mientras que el quinto se dedica a la participación de la sociedad extremeña en la cooperación para el desarrollo. Este último se divide en cuatro secciones que regulan la cooperación a través de las ONG, la participación del sector empresarial, los acciones de los cooperantes y voluntarios y la sensibilización de la sociedad extremeña. El objeto de la ley, añadió Garrido, es establecer y regular el régimen jurídico de la cooperación para el desarrollo que realiza la Comunidad, entendida como “el conjunto de recursos que Extremadura pone al servicio de los países en vía de desarrollo con el fin de contribuir a su progreso humano, económico y social, y cuyo objetivo último es la erradicación de la pobreza”. Fuente: Hoy, 04/05/02 - EFE - MÉRIDA - |